Grecia aplaza el B2B e-invoicing obligatorio para grandes empresas
El 18 de febrero de 2026, el Ministerio de Economía y Finanzas de Grecia y la Autoridad Independiente de Ingresos Públicos, AADE, anunciaron una prórroga de un mes para la entrada en vigor obligatoria del B2B e-invoicing para grandes empresas.
La fecha inicial del 2 de febrero de 2026 se ha trasladado al 2 de marzo de 2026. El periodo de implementación gradual se extenderá ahora del 2 de marzo al 3 de mayo de 2026. Anteriormente, este periodo estaba previsto del 2 de febrero al 31 de marzo de 2026.
La prórroga se aplica a las empresas de la Fase 1 con ingresos brutos superiores a 1.000.000 € en el ejercicio fiscal 2023.
La obligación en sí no cambia. Solo se ha ajustado el calendario.
Un ajuste de calendario dentro del marco fiscal digital de Grecia
El B2B e-invoicing obligatorio forma parte de la estrategia más amplia de información digital de Grecia y está estrechamente vinculado a la plataforma myDATA.
Las grandes empresas son el primer grupo obligado a cumplir. La estructura por fases se mantiene. Las autoridades simplemente han concedido más tiempo para la preparación técnica y operativa.
Este patrón no es único. En toda Europa, las autoridades están ajustando plazos y marcos técnicos a medida que se acerca la implementación. Un ejemplo comparable es Croacia, que confirmó el e-invoicing obligatorio a partir de 2026 y aclaró cómo funcionará el sistema en la práctica. Los desarrollos anteriores se describen en:
Croacia confirma el e-invoicing obligatorio desde 2026
Croacia aclara el estado del sistema de e-invoicing
Estas actualizaciones muestran un cambio regional más amplio hacia el control estructurado de transacciones electrónicas.
Periodo transitorio hasta mayo de 2026
Entre el 2 de marzo y el 3 de mayo de 2026, las empresas podrán:
- Seguir utilizando sus sistemas ERP o contables existentes en paralelo con la facturación electrónica conforme
- Utilizar el formulario de entrada específico de AADE
- Completar la integración técnica y los ajustes de proceso
Este periodo funciona como una ventana de transición controlada. No suspende la obligación de emitir electrónicamente de forma conforme.
Después del 3 de mayo de 2026 comenzará la aplicación de sanciones.
Declaración obligatoria para evitar sanciones
Para beneficiarse del periodo transitorio y evitar sanciones, las empresas deben presentar a tiempo:
- Una Declaración de Inicio de Emisión de Documentos Electrónicos
- Una Declaración de Uso de la aplicación gratuita Timologio
La fecha efectiva debe fijarse en el 2 de marzo de 2026, conforme al Artículo 6 de la Decisión Ministerial 1112/2025.
Sin esta declaración formal, el periodo de gracia no será aplicable.
Siguen disponibles dos vías de cumplimiento
Las grandes empresas pueden cumplir mediante:
- La selección de un proveedor acreditado de e-invoicing, Y.PA.H.E.S.
- El uso de las herramientas gratuitas de AADE, incluida la aplicación Timologio y la aplicación móvil myDATAapp
Para organizaciones con entornos ERP, esta decisión afecta al diseño de la integración, los controles internos y la coherencia de los datos con la información de myDATA.
En Croacia se están produciendo debates similares en torno a la fiscalización y la información estructurada bajo Fiscalization 2.0, donde la transmisión y validación de datos de facturas también son elementos centrales. Más información disponible en:
Actualización sobre e-invoicing y Fiscalization 2.0 en Croacia
La tendencia subyacente es clara. El e-invoicing se integra cada vez más en marcos de control fiscal en tiempo real o casi en tiempo real.
Se pospone la fecha de aplicación, sanciones sin cambios
El régimen sancionador en sí no ha sido modificado.
Las sanciones por incumplimiento se aplicarán ahora a partir del 3 de mayo de 2026 en lugar del 1 de abril de 2026. Esto concede efectivamente un mes adicional antes del inicio de la aplicación.
Implicaciones operativas para los equipos financieros
Aunque la prórroga ofrece más tiempo, el cambio estructural sigue siendo significativo.
Los equipos financieros deben utilizar este periodo para:
- Validar la integración del ERP con AADE o el proveedor seleccionado
- Probar los flujos estructurados de generación y transmisión de facturas
- Alinear los datos de facturación con los requisitos de reporte de myDATA
- Definir procedimientos de monitorización y gestión de excepciones
- Aclarar la responsabilidad entre finanzas y TI
Cambios que las empresas deben implementar
- Actualizar los plazos internos conforme a la nueva fecha de entrada en vigor del 2 de marzo de 2026
- Presentar la declaración requerida con la fecha efectiva correcta
- Finalizar la configuración del sistema y la integración técnica
- Realizar pruebas end-to-end de emisión y reporte
- Documentar los procedimientos de control y la supervisión del cumplimiento
La prórroga crea margen para una preparación estructurada. No reduce la presión regulatoria.